SENTENCIA DEL TRIBUNAL SUPREMO DE 18.07.2014
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- D. Ignacio SANCHO GARGALLO, quien, a pesar de su juventud, ya ha pasado por la Audiencia de Barcelona y antes por un Juzgado de lo Mercantil de la misma ciudad, sin perjuicio de anteriores destinos jurisdiccionales, lo cual muestra su solvencia en la materia, es quien está marcando el actual criterio de la Sala 1ª en temas concursales y ha sido el ponente de la Sentencia antes referida, por la que el Alto Tribunal considera que el Administrador Concursal está plenamente facultado para reducir el importe de los Honorarios del Letrado del concursado, a pesar de que éstos se hubiesen pactado antes de la declaración de Concurso a través de la firma de la correspondiente Hoja de Encargo.