LA STS -Pleno 1ª- n.º 381/2019 de 02.07.2019
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- Diariamente, aquéllos que, ya sea como Administradores Concursales, o como Letrados del deudor o de algún acreedor, nos enfrentamos día a día con la farragosa, confusa y tantas veces modificada legislación concursal, con una reforma o "retoque" por año, desde que se promulgó la Ley, ante la novedosa situación denominada de la "Segunda oportunidad" pretendiendo la exoneración del pasivo insatisfecho, acabamos de celebrar gratamente el posicionamiento del Tribunal Supremo por la sentencia que encabeza esta entrada, respondiendo a las siguientes preguntas.