CRITERIOS DE CONDENA PENAL DE LA PERSONA JURÍDICA (II)
STS -2ª- 29.02.2016
STS -2ª- 29.02.2016
(continuación)
Cortesía de José-Luis CORONA GENTIL |
- Todavía estamos todos los operadores jurídicos trabajando en torno a la primera Sentencia dictada por el Tribunal Supremo en torno a la responsabilidad jurídica, cuando, precisamente anteayer ha sido dictada la segunda, la que, en breves entradas, procederemos a analizar y dar a conocer. No obstante lo cual, seguimos con la primera, a partir de donde nos quedamos en la anterior entrada, esta vez sobre el segundo supuesto de participación de una persona jurídica en la comisión de un delito y su responsabilidad como tal, al margen de la de las personas naturales que la representan o intervienen en los hechos punibles.