EL IMPAGO REITERADO DE LA PENSIÓN ALIMENTICIA A LOS HIJOS
STS 09.11.2015
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- El Tribunal Supremo, avanzando más en la tutela del derecho alimenticio de los hijos, ha dictado en la fecha arriba indicada una Sentencia por la que fija el criterio conforme al cual, el impago reiterado de la pensión alimenticia a los hijos derivada de lo dispuesto en el artículo 90.1.d), en relación con el art. 110 y 170, todos ellos, del Código civil -en adelante se denominará como "C.c."-, puede ser causa de la privación de la patria potestad al progenitor.