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viernes, 19 de junio de 2015

LUZ Y TAQUÍGRAFOS

¿SE PUEDE PRESCINDIR DE LA PUBLICIDAD EN JUICIO? ¿SE DEBE?

(c) Gallel Abogados
- El denominado "mito" o alegoría de la caverna, atribuido a PLATÓN -el de las espaldas anchas- (s. I a.C.) nos habla de unos hombres encadenados de cuello y piernas, sin poder girar la cabeza, que consideraban como "verdad", las sombras de los objetos que portaban en el interior de una caverna, de forma y manera que no podían conocer nada de lo que acontecía a sus espaldas y, si conseguían liberarse de las cadenas, al salir de la caverna y
ver la luz solar -idea de "bien"-, volverían al interior para manifestárselo a sus co-esclavos, y liberarlos, quienes se reirían de aquéllos, al verlos cegados por el tránsito de la oscuridad a la luz, incluso podrían llegar a asesinarles, dado que, los esclavos liberados, manifestaban haber visto algo distinto de lo que veían los esclavos que aún no habían sido liberados.

- Honoré-Gabriel RIQUETTI, más conocido por "MIRABEAU", revolucionario y parlamentario francés del siglo XVIII, quien era conocido como "el orador del pueblo" , manifestó ante la Asamblea Nacional francesa lo siguiente: "Dadme al juez que os plazca; parcial, venal, incluso mi enemigo; poco me importa, con tal de que no pueda hacer nada sino de cara al público”.
- Recientemente, hemos podido comprobar que cierto sector de la Abogacía, impulsado, quizás y sin duda, por "vientos de poniente", avanza o desea que se realice una reforma de la Ley Orgánica del Poder Judicial a fin de conseguir que los procesos judiciales tuviesen lo que podríamos considerar un "vis à vis" institucionalizado o rituario, conforme al cual el Juez que debe resolver sobre un litigio, pueda y deba reunirse con los Letrados de ambas Partes, pongamos por caso, en el propio Despacho de aquél, en el que hablase con éstos despojándose los Letrados de las "máscaras procesales" y poniendo sobre la mesa de aquél todos los razonamientos y certezas que, en público, no se dirían.
- Esta situación es y ha sido regularmente vista por el público en general, en las películas que proceden de los Estados Unidos de América y tratan sobre Juicios (nos remitimos a nuestra serie CINE Y DERECHO, en las cuales se aprecia la escena en la que el Juez reclama un receso o suspensión del acto del Juicio, lo interrumpe, se desprovee de la toga y llama a capítulo a ambos Letrados para ir, junto con él, al Despacho judicial. Dentro de éste, charlan profesionalmente los tres, el Juez advierte a uno u otro Letrado de que no tiene nada que hacer (prejuzga), le espeta para que le aclare su estrategia defensiva (parcialidad) o trata de que lleguen a un acuerdo (forzado).
- Siempre se ha debatido (maniqueamente, quizás) por los oráculos jurídicos sobre qué sistema jurisdiccional era "mejor", si el romano-germánico (Civil Law), en el que todo está regulado a través de las normas escritas que articulan el Derecho Procesal, o el anglosajón (Common Law), conforme al cual, la costumbre va dando forma al Derecho procesal.
- No creemos que en España pueda prosperar, como acto procesal puro y regulado, aquél conforme al cual, los Letrados, cuestionen conjuntamente con el Juez, a espaldas del público, entendiendo por éste, no solo aquéllos sufridores "despistados" que asisten a los Juicios, o aquellas personas vinculadas con las Partes en litigio, sino, también, con el "contrapoder" que representa la Prensa que, sin perjuicio de que conforma (o deforma) la opinión pública, siempre supone la salvaguardia del "Juez injusto".
- Asistimos diariamente a este tipo de situaciones en las que, verbi gratia, el Juez, en el acto denominado de la audiencia previa al Juicio, el Juez conmina a los Letrados a llegar a un acuerdo, así como a centrar el objeto de la litis. No es lo mismo, sin duda, pero en este acto, el Juez es y permanece imparcial, aún cuando en ocasiones se escore hacia uno u otro lado de la sala y, desde luego, no se contamina con hechos, comentarios o valoraciones, realizadas por alguno de los Letrados .
- No puede ser, estar, mantenerse y parecer imparcial el Juez, ni en su fuero interno (pues conoce los hechos desvelados y revelados) ni en su fuero externo (ante el público general, del que se oculta) cuando mantiene reuniones en la "trastienda" de la sala del Juicio, oculto de miradas y oídos de terceros, ajenos o no al procedimiento y mucho menos, si se despoja de la negra toga, sin color alguno, símbolo de la imparcialidad del Juzgador.
- No obstante lo dicho, no debemos olvidar que, cuando el cliente del Abogado ve que su Letrado y el del contrario se reúnen en privado, dejándole solo en la antesala del Juzgado, a aquél le acuden todos los temores y desconfianzas, no solo respecto de la situación, sino, incluso de su propio Letrado; si, a ello, le añadimos que los dos Profesionales se reúnen en privado con el Juez, dejándole también solo en la antesala del Juzgado, la desconfianza y el temor son mayores aún si caben, pues piensan que la Sentencia le va a ser desfavorable y, si así fuese, la indignación que le produciría sería aún mayor.  
- La necesaria oralidad procesal, así lo dispone el art. 229 LOPJ, que así se denomina este principio garantista y constitucional, no queda salvaguardada por reuniones sin luz y sin taquígrafos, sino con ambas cosas, tal como exigía Antonio MAURA para gobernar.
- Ya veis cómo el "mito" de la caverna platoniano sigue de rigurosa actualidad, a pesar del transcurso de, casi, XXII siglos. La "cegadora" luz de la verdad sigue siendo necesaria en el procedimiento judicial, en el ARBITRAL, en el de MEDIACIÓN y, en el de cualquiera que regule las relaciones humanas en nuestra sociedad, a pesar de que los "vientos de Poniente" pretendan callarnos.

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